San Raymundo Jalpan, Oaxaca, 31 de agosto de 2022.-
Con el fin de que las acciones de los gobiernos municipales en materia de planeación urbana tengan coherencia y no vulneren derechos humanos, la Diputada Haydeé Reyes presentó una iniciativa de reforma a los artículos 13, 46, 116, 152 y 187 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado de Oaxaca, con el fin de garantizar que los instrumentos de planeación territorial y urbana sean verdaderamente exigibles para los 570 municipios de nuestra entidad.
Intervención de la Diputada Haydeé Reyes.
Las y los servidores públicos se encuentran obligados a rendir cuentas de su gestión, no solo por la ejecución de los recursos a su cargo, si no también que los actos de autoridad que realizan son técnicamente viables y se encuentran alineados a la política pública nacional.
Lo anterior, resulta especialmente relevante en materia de ordenamiento territorial y asentamientos humanos, ya que las determinaciones de las autoridades -especialmente las municipales- deben contar con una planeación de desarrollo urbano, de servicios y de sostenibilidad.
¿Cuántas veces hemos visto fraccionamientos, colonias o barrios sin ningún tipo de servicio de agua, luz o drenaje? ¿En cuántos casos las inmobiliarias venden fraudulentamente construcciones en las que jamás se podrán instalar servicios públicos? ¿Cuánta colonias se han instalado en espacios considerados de alto riesgo en materia de protección civil?
Ahora pensemos en todos los edificios que vulneran el paisaje y que se construyen con licencias municipales a pesar de encontrarse en contra de los usos de suelo autorizados. ¿O qué tal las construcciones de unidades habitacionales que invaden áreas naturales protegidas, arrebatando el futuro de las generaciones venideras?
Y todo ello, por no contar con instrumentos de planeación de ordenamiento territorial y urbano. De acuerdo con información de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, más del 80% de los municipios a nivel nacional carecen de su Programa Municipal de Desarrollo Urbano y más del 90% de los Ayuntamientos no han actualizado estos instrumentos.
Por tanto, resulta fundamental que el marco jurídico estatal establezca las bases por las cuales las autoridades municipales deben expedir dichos instrumentos para fundamentar sus actuaciones en relación a las autorizaciones y licencias de construcción, al tiempo que se garantice para la ciudadanía que el crecimiento de los asentamientos humanos se realice de forma sostenible, con planeación y que los recursos públicos para el desarrollo de infraestructura se ejecuten con eficiencia, evitándose a su vez que las y los oaxaqueños pierdan su patrimonio en inversiones inmobiliarias fraudulentas o sin viabilidad para una vida con bienestar.
Es por ello, que el día de hoy pongo a consideración de esta Soberanía la reforma de los artículos 13, 46, 116, 152 y 187 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado de Oaxaca, con el fin de garantizar que los instrumentos de planeación territorial y urbana sean verdaderamente exigibles para los 570 municipios de nuestra entidad.
No solo se trata de brindar certeza a la ciudadanía sobre la viabilidad de las determinaciones realizadas por las autoridades municipales; se trata de que cada oaxaqueña y oaxaqueño tengamos un futuro sostenible, que las familias cuenten en sus hogares con servicios básicos y que el desarrollo de las comunidades se realice anteponiendo la seguridad, el bienestar y el goce de los derechos humanos de todas y todos.
Es cuanto.
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